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Diferencias que existen con las notarias de Venezuela y los demás países.

  • Abogado Jose Delgado
  • 7 oct 2015
  • 3 Min. de lectura

Diferencias que existen con las notarias de Venezuela y los demás países.

Venezuela

México

Chile

Características del notariado del sistema latino.

Características del notariado del sistema Sajón.

Los países de raíz latina son: Francia, España, México, Argentina, Perú, Venezuela. Y se caracterizan por pertenecer a un colegio profesional, la responsabilidad en el ejercicio profesional es personal, el ejercicio puede ser cerrado o abierto, o limitado e ilimitado. El cerrado tiene limitaciones territoriales mas conocido como notariado de número.

Es incompatible con el ejercicio de cargos públicos.

El que lo ejerce debe ser un profesional universitario.

Desempeña una función pública, pero no depende directamente de autoridad pública.

Aunque algunas de sus actuaciones son de carácter publico, lo ejerce un profesional del derecho.

Existe un protocolo notarial en el que asienta todas las escrituras que autoriza.

Sus funciones son: desempeña una función publica, le da autenticidad a los hechos y actos, recibe e interpreta la voluntad de las partes, dándole forma legal, al elaborar el instrumento publico.

Los países de origen sajón son: Inglaterra, suecia, estados unidos etc, y sus características y funciones son: el notario es un fedante o fedatario, porque solo da fe de la firma o firmas de los documentos.

No orienta ni asesora a las partes sobre la redacción del documento.

Solo se necesita una cultura general, no es necesario un titulo universitario.

La autorización para su ejercicio es temporal (renovable).

Existe la obligación de prestar una fianza para garantizar la responsabilidad en el ejercicio.

No existe colegio profesional ni llevan protocolo.

Eslovenia

Lituania

Rusia

Eslovaca

Alemania

SISTEMA ALEMAN

SISTEMA ALEMAN

SISTEMA ALEMAN

SISTEMA ALEMAN

Hungría

Polonia

República checa

SISTEMA ALEMAN

SISTEMA ALEMAN

SISTEMA ALEMAN

Portugal

Inglaterra

en Portugal donde Oliveira Salazar, por influencia del profesor Caetano burocratizó el notariado mediante un Decreto Ley 1961 convirtiendo al notario en un empleado público. Las consecuencias de esta burocratización, dice Rodríguez Adrados, ha dado en Portugal malos resultados, que eran de prever. Ha desaparecido la confianza en el notario y las partes van previamente a una oficina paralela, con frecuencia ligada y llevada por personas afines al notario donde se redactan las minutas de los documentos que el notario se limita luego a autorizar, ha aparecido también lo que los autores portugueses llaman al que sirve de intermediario entre los particulares y la notaría para conseguir la rápida solución de los problemas.

En Inglaterra en el ámbito de las relaciones jurídicas entre particulares es desconocido el concepto de documento público; no existe la autenticidad o fe pública que va ligada a los documentos notariales que nosotros conocemos. En este sentido puede decirse que todos los documentos son privados y que su eficacia en juicio depende de la prueba que se realiza a través de testigos.

Cuba

Inglaterra

el notario tiene encomendadas importantes funciones "relacionadas con el cumplimiento de la legalidad socialista". Y efectivamente en su arto 4 dice que el notario en el ejercicio de sus funciones, debe obediencia a la Ley y cumple en sus actuaciones con la legalidad socialista".

En Inglaterra en el ámbito de las relaciones jurídicas entre particulares es desconocido el concepto de documento público; no existe la autenticidad o fe pública que va ligada a los documentos notariales que nosotros conocemos. En este sentido puede decirse que todos los documentos son privados y que su eficacia en juicio depende de la prueba que se realiza a través de testigos.

España

Uruguay

Y

Argentina

Los que aspiren a realizar las pruebas selectivas para el ingreso en el Notariado deben reunir, en la fecha que termine el plazo de presentación de las instancias, las condiciones siguientes:

  • Ser español u ostentar la nacionalidad de cualquier país miembro de la Unión Europea, o de acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

  • Ser mayor de edad. Para ejercer la profesión se ha de tener como mínimo 23 años.

  • No encontrarse comprendido en ninguno de los casos que incapacitan o imposibilitan para el ejercicio del cargo de notario.

  • Ser Doctor o Licenciado en Derecho o haber concluido los estudios de esta licenciatura,. Si el título procediera de un Estado miembro de la Unión Europea, deberá acreditar el reconocimiento u homologación del título equivalente,

  • Los notarios tienen en España el doble carácter de funcionarios públicos y profesionales del derecho según lo establecido en la Ley del Notariado. Su retribución es por arancel determinado por Real Decreto.

En Uruguay y en Argentina se sigue utilizando el título de Escribano Público

El escribano es aquel que por oficio público esta autorizado para dar fe de las escrituras y demás actos que se desarrollaban ante él.

 
 
 

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